Convención de Antigua
La Convención de Antigua, negociada para fortalecer y reemplazar la Convención de 1949 que estableció la CIAT, entró en vigor el 27 de agosto de 2010.
La Convención está abierta a los siguientes:
El estatus de los compromisos a la Convención por miembros de la CIAT es el siguiente.
En primer lugar, los miembros actuales de la CIAT que son Partes o que pueden hacerse Partes de la Convención:
(*) Miembro de la Comisión en el marco de la Convención de 1949, antes de la adopción y entrada en vigor de la Convención de Antigua.
(**) Ratificó la Convención de Antigua en agosto-septiembre de 2009 (G.O. 39.276 - I de octubre de 2009), pero no depositó el instrumento de ratificación.
En segundo lugar, la entidad pesquera, tal como está definida en el Acuerdo sobre Poblaciones de Peces de la ONU de 1995, que, a pesar de ser miembro de pleno derecho de la CIAT, no puede convertirse en Parte de la Convención de Antigua, pero puede expresar su compromiso a través de un proceso definido en la Convención, como sigue.
De acuerdo con el Artículo XXVIII de la Convención, toda entidad pesquera cuyas embarcaciones hayan pescado poblaciones de peces abarcadas por esta Convención en cualquier momento durante los cuatro años anteriores a la adopción de la presente Convención, puede expresar su compromiso firme para atenerse a los términos de la presente Convención y cumplir con cualquiera de las medidas de conservación y administración adoptadas de conformidad con la misma, mediante:
La Convención está abierta a los siguientes:
- las Partes en la Convención de 1949;
- (Estados no Partes en la Convención de 1949 ribereños del Área de la Convención;
- Estados cuyas embarcaciones pesquen las poblaciones de peces abarcadas por la Convención, previa consulta con las Partes; o
- Estados que sean invitados a adherirse mediante una decisión de las Partes.
El estatus de los compromisos a la Convención por miembros de la CIAT es el siguiente.
En primer lugar, los miembros actuales de la CIAT que son Partes o que pueden hacerse Partes de la Convención:
FECHA DE FIRMA | FECHA DE de DEPÓSITO DEL INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN/ADHESIÓN | |
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Belice | 12 junio 2007 | |
Canada | 22 diciembre 2004 | 03 junio 2009 |
China | 03 marzo 2004 | 30 octubre 2009 |
Colombia (*) | ||
Corea | 13 diciembre 2005 | |
Costa Rica | 14 noviembre 2003 | 27 mayo 2009 |
Ecuador | 14 abril 2004 | 07 mayo 2021 |
El Salvador | 13 mayo 2004 | 10 marzo 2005 |
Estados Unidos | 14 noviembre 2003 | 24 febrero 2016 |
Francia | 14 noviembre 2003 | 20 julio 2007 |
Guatemala | 06 enero 2004 | 30 septiembre 2009 |
Japón | 11 julio 2008 | |
Kiribati | 29 junio 2011 | |
México | 14 noviembre 2003 | 14 enero 2005 |
Nicaragua | 21 noviembre 2003 | 13 diciembre 2006 |
Panamá | 10 julio 2007 | |
Perú | 14 noviembre 2003 | 22 octubre 2018 |
Unión Europea | 13 diciembre 2004 | 07 junio 2006 |
Vanuatu (*) | ||
Venezuela (*) | 12 mayo 2004 | ** |
(**) Ratificó la Convención de Antigua en agosto-septiembre de 2009 (G.O. 39.276 - I de octubre de 2009), pero no depositó el instrumento de ratificación.
En segundo lugar, la entidad pesquera, tal como está definida en el Acuerdo sobre Poblaciones de Peces de la ONU de 1995, que, a pesar de ser miembro de pleno derecho de la CIAT, no puede convertirse en Parte de la Convención de Antigua, pero puede expresar su compromiso a través de un proceso definido en la Convención, como sigue.
De acuerdo con el Artículo XXVIII de la Convención, toda entidad pesquera cuyas embarcaciones hayan pescado poblaciones de peces abarcadas por esta Convención en cualquier momento durante los cuatro años anteriores a la adopción de la presente Convención, puede expresar su compromiso firme para atenerse a los términos de la presente Convención y cumplir con cualquiera de las medidas de conservación y administración adoptadas de conformidad con la misma, mediante:
- la firma de un instrumento redactado con este fin conforme a la resolución adoptada por la Comisión; y/o
- la entrega de una comunicación escrita conforme a la resolución adoptada por la Comisión.
FECHA DE FIRMA | COMUNICACIÓN ESCRITA DE COMPROMISO | |
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Tapéi Chino | 14 de noviembre de 2003 | 17 de agosto de 2010 |